Estatutos federales, estatales y locales, así como la política pública, prohibir la discriminación contra los empleados sobre la base de su origen nacional.
Un empleador no puede tratar a un empleado o solicitante de manera adversa por lugar de nacimiento del empleado, la ascendencia, la cultura, las características lingüísticas comunes a un grupo étnico específico, o el acento.
Esta prohibición también se protege a un empleado de que se trata de manera desfavorable porque él o ella está casada o asociado con personas de un grupo de origen nacional, asiste o participa en escuelas, iglesias, templos o mezquitas generalmente asociados con un grupo de origen nacional, o tiene un apellido asociado con un grupo de origen nacional.
Una compleja interacción de las leyes federales, estatales y de los estatutos locales a crear confusos requisitos de presentación, plazos y procedimientos que deben seguirse estrictamente antes de seguir adelante con una demanda por discriminación.
Si su empleador lo ha tratado negativamente, se puede sentir perdido e inseguro de si está protegido por la ley. Contacte a Lavi y Ebrahimian, LLP hoy para una consulta gratuita con un abogado con experiencia en lo laboral que va a evaluar sus opciones bajo la ley que le permita obtener la ayuda más completa possible.